BIOPROSPECCIÓN & BIOPIRATERÍA

Biopiratería y bioprospección. Dos conceptos donde los límites se diluyen fácilmente.La bioprospección es una actividad conocida desde la antigüedad, que se encuentra íntimamente ligada a la historia misma de la ciencia.

Además, ha sido tradicionalmente encarada por parte de investigadores provenientes de los países centrales y las antiguas potencias coloniales en el territorio de los países considerados “periféricos”, “colonias”, “poco desarrollados”, económicamente o pobres, pero que se caracterizan por presentar una enorme riqueza en biodiversidad. En muchos de ellos se han conjugado gobiernos no democráticos pero altamente permisivos, comunidades indígenas o culturales sumamente desprotegidas, y ausencia de todo tipo de legislación al respecto. Todo ello  refleja el origen histórico de una realidad actual: el enorme desarrollo de la bioprospección. Para comprenderla es necesario entender el contexto histórico en que se han desarrollado las principales y más famosas expediciones internacionales de bioprospección.[1]

¿Quién podía impedir jurídicamente a Marco Polo, Darwin o Humboldt tomar notas o muestras en las islas desconocidas de los confines del mundo? Y en su caso ¿Por qué motivo habrían de hacerlo? No cabe duda de que la bioprospección ha sido jurídicamente legítima desde el punto de vista formal y ha contribuido al desarrollo de la ciencia.[2]

A su vez, el desarrollo de la bioprospección se ve favorecido desde hace siglos por la falta de normas concretas que la regulen, lo cual impulsado fuertemente esta práctica. Lamentablemente también ha favorecido la aparición de la biopiratería, oculta entre las muchas expediciones de bioprospección lanzadas desde los países industrializados y  coloniales. En tal sentido se expresa Gian Carlo Delgado Ramos, quien sostiene que la biopiratería es impulsada por determinados Estados nacionales y empresas transnacionales que actúan en el ámbito de los bionegocios mediante procesos sistemáticos a los que llama “saqueo biótico”.[3]

Finalmente, ha de decirse que desde los tiempos antiguos, la búsqueda en la naturaleza de soluciones a los problemas o necesidades de alimentación, abrigo, salud y satisfacción han sido casos que fomentaron la investigación y el comercio. Pero debe quedar claramente sentado que la bioprospección no es el antecedente necesario de la biopiratería sino tan sólo uno de los varios caminos que condujeron (y conducen) a ella. Desde el punto de vista estrictamente jurídico, la biopiratería encuentra sus antecedentes en los sistemas de patentes nacidos en tiempos de la revolución industrial y la expansión colonial de las antiguas potencias de ultramar.

La biopiratería es el acceso, uso, sustracción, registro, aprovechamiento y/o cualquier otro hecho ilegítimo sobre destinado al aprovechamiento indebido de los RR.GG. y de los CC.TT. asociados a ellos. Entre nosotros es sufrida básicamente por los pueblos y comunidades indígenas de América del Sur. El principal modus operandi consiste el registro del material o los saberes sustraídos mediante el uso de los DPI clásicos -básicamente los sistemas de patentes- con la finalidad de irrogarse derechos excluyentes sobre ellos. Es un tema extremadamente complejo dado que para combatirla deben primeramente conocerse y sistematizarse los RR.GG. y los CC.TT. protegibles. En consecuencia, cuanto más amplia pretenda ser la definición de esta problemática, menor será la eficacia para combatirla. Ha de recordarse que el acceso no autorizado y/o no fundamentado previamente a los RR.GG. de los pueblos y comunidades indígenas es una violación del CDB y del Protocolo de Nagoya.[4]


[1] Entre los más conocidos ejemplos de bioprospección se encuentran las expediciones de Marco Polo (1254-1324) y de Charles Darwin (1809-1882), quienes incluyen minuciosos relatos acerca de la diversidad biológica, los productos y los procesos  y conocimientos relacionados con ella.  También se caracterizaron ambos por la recolección de material vivo, en particular especies desconocidas. Resulta que cuanto más extraña era la especie o el conocimiento encontrado, mayor era su valor científico y comercial. También ocurría un hecho jurídicamente relevante -aunque aparentemente inconsciente- que era la colocación de los productos o procesos (muchas veces secretos) al alcance del público. La difusión pública ha sido notoria en las investigaciones (publicadas) de Charles Darwin (1809-1882) y de Alfred Russel Wallace (1823-1913). Este último fue un apasionado estudioso de la biodiversidad en zonas tropicales, y se adelantó a plantear la problemática del impacto ambiental producido por la influencia del hombre.

[2] En algunos casos, como el de Marco Polo, la finalidad parece haber sido principalmente la introducción de nuevos productos y procesos en el mercado Europeo. No obstante la ausencia de fines puramente científicos, no puede considerarse que toda recolección de datos o especies es un acto ilícito.

[3] El autor sostiene que el acto inicial de saqueo ocurre en los países en desarrollo, que son ricos en biodiversidad, en tanto la apropiación indebida se consolida -posteriormente- mediante un acto jurídicamente anulable: el patentamiento del recurso genético o del CC.TT. sustraído. Este patentamiento se produce en aquellos países que permiten tal ilicitud. Al respecto ver: DELGADO RAMOS, Gian Carlo. “La biopiratería y la propiedad intelectual como fundamento del desarrollo biotecnológico”, en Problemas del desarrollo, Vol. 32, Núm. 126, México, IIEc-UNAM, julio-septiembre, 2001, p. 175.

[4] Esta prohibición se hace extensiva a los CC.TT., que se encuentran asociados a los recursos genéticos.

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