Conocimientos tradicionales indígenas: biopatentes sobre ellos

Conocimientos TradicionalesEl uso creciente y el enorme potencial de los recursos genéticos y los conocimientos tradicionales relacionados con ellos, han llevado a un incremento en el patentamiento de supuestas invenciones que no son tales, sino meras copias o derivaciones de los conocimientos y recursos ya existentes. Esto ocurre muy especialmente en los países en desarrollo y los países menos desarrollados.

El patentamiento de los conocimientos tradicionales es  jurídicamente imposible. Estos han sido transmitidos a través de varias generaciones y -por lo tanto- no cumplen  con los requisitos básicos para el otorgamiento de un derecho de patente: la novedad o bien la altura inventiva, o bien ambas. Gran parte de los conocimientos tradicionales se origina en el pasado, si bien no es necesario que ese pasado sea extremadamente lejano. Su principal característica no es la «antigüedad» sino su dinamismo, vale decir la capacidad de ser transmitidos de una generación a otra, y ser reinterpretados por cada nueva generación. Este proceso es continuo, de modo tal que cada generación contribuye colectivamente y suma nuevos conocimientos a los ya existentes. Si bien esta generalización es casi injustificable, creemos que es válida para un acercamiento al tema.

Como conclusión cabe destacar que las patentes son absolutamente inadecuadas para proteger los conocimientos tradicionales asociados a los recursos genéticos. Es por ello que  se han ideado otros mecanismos jurídicos para protegerlos contra la biopiratería , tales como la protección por otros derechos de propiedad intelectual o la creación de legislaciones sui generis. Asimismo, el Convenio sobre la Diversidad Biológica (1992) establece mecanismos de protección, si bien no son concretos sino básicamente declarativos. Estos mecanismos fueron reforzados por el Protocolo de Nagoya sobre «acceso a los recursos genéticos y participación justa y equitativa en la distribución de los beneficios» (2010).

El Convenio sobre la Diversidad Biológica fué incorporado al derecho argentino por medio de la Ley Nº 24.375.

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