Las marcas notorias (a veces llamadas «notoriamente conocidas») son aquellas que adquieren importancia más allá de las fronteras de la jurisdicción en que han sido registradas o creadas por el público al que van dirigidas.

De conformidad con el artículo 6 bis del Convenio de París, los países están facultados para otorgar este estatus a las marcas que la autoridad competente considera que son «notorias».

Usualmente es la marca que, como consecuencia de su uso intensivo en el mercado y en la publicidad, se ha difundido ampliamente sin perder su fuerza distintiva y es ampliamente conocida por los consumidores o por los sectores interesados. Es decir, por la gran mayoría de consumidores de los productos, servicios o actividades que distingue.

Un caso de marca notoria puede darse claramente respecto a aquellas marcas de instrumental médico, cuyos consumidores suelen ser un público restringido y que el público en general difícilmente estaría relacionado con las marcas de dicho sector. Así, quienes suelen comprar instrumental médico saben cuáles son las marcas que resaltan en dicho sector, las cuales, por ese hecho pueden considerarse como marcas notorias.

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